POLÍTICA
Se aprobó un Protocolo de Actuación en Situaciones de Discriminación y/o Violencia de Género
Dir. de Comunicación Institucional | 18-07-2019 08:00
Incluye medidas de protección y acompañamiento de las víctimas, instancias de descargo del o los acusados y acusadas para que puedan ejercer su derecho de defensa, y facultades para realizar campañas de educación y prevención.
Los consiliarios votaron por unanimidad la creación del Protocolo
El Consejo Superior Universitario resolvió favorablemente en su sesión del miércoles 17 de julio la creación de un “Protocolo de Actuación en Situaciones de Discriminación y/o Violencia de Género” que se produzcan en el ámbito de la UNS, en otros espacios donde miembros de esa casa lleven adelante tareas educativas, científicas, de extensión, deportivas o culturales, entre otras. Alcanza a “cualquier hecho que implique violencia de género hacia las mujeres y hacia personas del Colectivo de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Travestis, Transexuales, Transgénero, Intergénero y Queer (LGBTTTIQ) que rige para toda relación laboral y/o educativa en el ámbito de la UNS”, y contempla formas de violencia física, sexual, psicológica, simbólica y económica. La nueva norma alcanza a autoridades de la UNS, cualquiera sea su jerarquía y condición; a docentes y no docentes de la UNS, cualquiera sea su situación de revista; a estudiantes de la UNS, cualquiera sea su situación académica; y a otras personas que tomen o presten servicios, permanentes o temporales, en los ámbitos indicados en su artículo 4°. Incluye medidas de protección y acompañamiento de las víctimas, instancias de descargo del o los acusados y acusadas para que puedan ejercer su derecho de defensa, y facultades para realizar campañas de educación y prevención.
El flamante protocolo está basado en principios rectores como la celeridad, el respeto y la privacidad, la no revictimización, el consentimiento informado y el asesoramiento, la contención y la confidencialidad. Sus objetivos son “adoptar medidas que apunten a garantizar a la comunidad universitaria un ámbito de confianza, seguridad y respeto a los derechos de las mujeres y de las personas LGBTTTIQ”, “brindar un mecanismo institucional que facilite la detección temprana y la prevención de casos de violencia contra las mujeres y personas LGBTTTIQ en el ámbito de la UNS”, “estimular la formación en y la transversalidad de la perspectiva de género en todas las prácticas de la UNS y la implementación efectiva de la Ley de Educación Sexual Integral”, y “realizar acciones de prevención de la violencia de género en todas sus expresiones y de discriminación por razones de género u orientación sexual”, entre otros.
Según se detalla, se prevé la creación de un Consejo Asesor y de Intervención, integrado por docentes, no docentes y ayudantes, el titular de la Subsecretaría de Derechos Humanos de la UNS, y un representante de la Dirección de Asuntos Jurídicos con formación y experiencia en abordaje de violencias y perspectiva de género. Sus funciones serán “observar la confidencialidad de todas las actuaciones”, “evitar cualquier dilación del procedimiento”, “asesorar al Comité de Actuación”, “realizar un informe anual al Consejo SuperiorUniversitario” y “disponer las medidas de protección que estime necesarias”, entre otras.
Por su parte, el Comité de Actuación tiene como funciones “recibir las denuncias o consultas”, “asesorar y acompañar a los denunciantes”, “efectuar las investigaciones correspondientes pudiendo citar a terceros/as a ofrecer testimonio”, “elaborar y elevar al Consejo Asesor y de Intervención el informe con todas las actuaciones y la denuncia para su resolución”, “proponer mediante dictámenes fundados la aplicación de medidas de protección o la apertura del procedimiento sancionatorio cuando correspondiere”, junto a varias más.
Según se detalla en sus considerandos, este Protocolo de se apoya en numerosa normativa, como la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Ley Nacional 23.592 Contra actos Discriminatorios, la Ley Nacional 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos donde desarrollen sus relaciones interpersonales, la 26.743 de Identidad de Género, y la Declaración sobre Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género de la Asamblea General de Naciones Unidas de 2013. También, en resoluciones emitidas por el Consejo Interuniversitario Nacional, el propio Consejo Superior de la UNS, y los convenios colectivos de trabajo del personal docente y no docente, entre otros.
La resolución destaca que hasta el momento, “la UNS contaba con un Código de Convivencia aprobado por Resolución CSU 261/2013, que en el artículo 3° detalla las conductas sancionables, pero no explicita aspectos relacionados con violencia de género y apunta a generar espacios de entendimiento mutuo y diálogo entre dos partes que se encuentran en conflicto. Sin embargo, cuando se trata de abusos y violencia de género las situaciones implicadas no son susceptibles de mediación como mecanismo de resolución alternativo de conflictos, en razón de la asimetría existente entre las partes y la violación de derechos fundamentales”.